Noti- Economia: Formulario 29 (F29): Declaración Mensual
Es importante entender que al realizar una declaración del Formulario 29, se desprender directamente 2 opciones o posibles caminos: a) Declaración con pago, y b) Declaración sin pago. Veremos ambas a continuación.
Declaración de F29 con pago
En particular, si te encuentras ante una declaración de F29 con pago (es decir, te corresponde pagarle algo al SII), aquí te ofrecemos un resumen simplificado de las 2 opciones para realizar el pago:
Pago en Linea (PEL): En primer lugar, es posible realizar tu pago de manera online. Para ello, puedes optar por la tarjeta de crédito a través de WebPay o decidir hacer un pago directo desde tu cuenta corriente. Si prefieres un método que reduzca el esfuerzo mensual, considera el uso de un mandato al banco con cuenta corriente, conocido como PEC. Esta modalidad, aunque cómoda, requiere que realices tu declaración antes del día 12 del mes siguiente al que estás declarando. Por ejemplo, si estás declarando enero, la fecha límite para hacerlo será el 12 de febrero. No obstante, hay excepciones que permiten extender este plazo hasta el 20 del mes siguiente. Entre estos se encuentran aquellos que hacen su declaración y pago a través de la página web del SII, así como ciertos contribuyentes que utilizan facturación electrónica o emiten boletas de honorarios electrónicas.
Pago por Caja: Si eres de aquellos que prefieren el método tradicional, el sistema te permite generar un cupón de pago para abonar de forma presencial. Solo asegúrate de hacerlo en una entidad autorizada por el SII.
Independientemente del método que elijas, recuerda que cumplir a tiempo con estas obligaciones protegerá la salud financiera y reputación de tu negocio.
Declaración SIN pago
Cuando los emprendedores y propietarios de pequeñas empresas se enfrentan al Formulario 29, en ocasiones descubren que no deben realizar un pago. Si ese es tu caso, es esencial comprender tus opciones y saber cómo proceder.
Hay dos escenarios principales para una declaración sin pago: la “declaración con movimiento” y la “declaración sin movimiento”. La primera se refiere a cuando hay transacciones registradas en tu F29, pero la suma de los créditos y débitos resulta en cero, lo que significa que no tienes un saldo pendiente. En otras palabras, aunque hayas tenido actividad, no le debes dinero al SII.
Por otro lado, una “declaración sin movimiento” se produce cuando no ha habido ninguna transacción en tu negocio durante el periodo correspondiente, es decir, no has tenido ventas ni tampoco has tenido compras.
Lo bueno de esta situación es que tienes un plazo extendido para hacer estas declaraciones, llegando hasta el 28 del mes siguiente al periodo que estás declarando. Y, aunque no puedas hacer esta declaración en formato físico, el proceso digital simplifica y agiliza el proceso.
En resumen, si tu F29 no muestra un saldo a pagar, solo debes asegurarte de declarar correctamente, ya sea con o sin movimiento, y respetar los plazos establecidos para mantener todo en orden con el Servicio de Impuestos Internos.
¿Cuál es el plazo máximo para realizar la declaración?
El plazo máximo para la declaración de F29 es el día 12 o día 20 de cada mes, dependiendo del tipo de documentos que se tenga que declarar.
Día 12: Si deseas hacer el pago por caja, o si no estás inscrito en el sistema de facturación del SII.
Día 20: Si eres emisor de facturas electrónicas, esta es la fecha límite en la cual debes realizar la declaración y pago de Impuestos.
*Recuerda que si el día 12 o día 20 cae un sábado, domingo o feriado, por lo regular la fecha se corre para el siguiente día hábil. Es decir, si el día 20 del mes cae un domingo, la fecha máxima para declarar es el día lunes 21, por poner un ejemplo. Es recomendable de todas formas ver el calendario tributario que el mismo Sii pone en su página web.
¿En qué fecha se deben declarar las facturas de venta y de compra?
Esto es bien importante entenderlo, pongamos un ejemplo:
Imaginemos que estamos en el mes de Septiembre y acabamos de crear nuestra empresa y hemos realizado el inicio de actividades en este mismo mes. Nuestra primera declaración de F29 se debe realizar entre los días 1 y 12/20 del mes de Octubre… es decir, con un mes de desfase. Así, todas las facturas y/o boletas emitidas/recibidas durante Octubre, se declaran en Noviembre, y así sucesivamente.
¿Cómo se calculan los Impuestos pagados en el F29?
Comentamos que el IVA es uno de dichos impuestos. En este caso, se debe considerar el 19% como el impuesto a pagar. Pero no es el único cálculo a realizar, ya que hay que considerar tanto el iva crédito como el débito.
Ahora, comentamos que también está el PPM. Este PPM es del 1% sobre las ventas netas, es decir, sin contar el IVA. El 1% es para una empresa nueva en los regímenes de Régimen General (Semi Integrado). Para las empresas acogidas a Pro Pyme Transparente y Pro Pyme General este PPM es entre 0,2% a 0,5%.
El PPM es un impuesto que pagan todas las empresas, y es el único impuesto mensual que pagan las empresas exentas o no afectas a iva.