23/01/2025

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Noti- Economia: Cambios en las pensiones de la Seguridad Social para 2023

A partir del 1 de enero de 2023, entraron en vigor una serie de reformas relevantes en el sistema actual de la Seguridad Social, las cuales implican modificaciones tanto para los actuales cotizantes como para los pensionistas. De entre todos los cambios en las pensiones de la Seguridad Social para 2023, destacamos los siguientes:

Actualización de las pensiones contributivas de jubilación y de las bases de cotización

Los Presupuestos Generales del Estado de 2023 establecen que las pensiones abonadas por la Seguridad Social experimentarán este año un incremento porcentual igual al valor medio de las tasas de variación interanual del Índice de Precios al Consumo (IPC) de los doce meses previos a diciembre de 2022. Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), durante este periodo el IPC se situó en el 8,458%

El Gobierno * confirmó el redondeo de las pensiones al 8,5%, por lo que la pensión mensual máxima bruta será, para el año 2023, de 3.058,81 euros mensuales (42.823,34 euros en términos anuales correspondientes a 14 pagas). La misma subida se aprueba en las pensiones mínimas:


*El Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2023.

Por su parte, la base de cotización máxima queda fijada, a partir del 1 de enero de 2023, en la cuantía de 4.495,50 euros mensuales mientras que las bases mínimas de cotización se verán revalorizadas en la misma medida que aumente el Salario Mínimo Interprofesional. El 30 de marzo se aprobó la PCM/313/2023 para actualizar el tope mínimo de la base de cotización a la Seguridad Social del salario mínimo interprofesional aprobado, con efectos desde el 1 de enero de 2023:

Cambios en el método de cotización de los trabajadores por cuenta propia

Hasta 2023, el trabajador autónomo podía elegir su base de cotización con independencia de los rendimientos que obtuviese, llevando al 80% de los trabajadores acogidos a este régimen a optar por la cotización mínima. Entre las conclusiones acordadas en el Informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo, se recomendó tratar de equiparar en la medida de lo posible los dos principales regímenes de la seguridad social, a través de la aproximación de las cotizaciones de los autónomos a sus ingresos reales percibidos.

pensiones 2023

El desarrollo de dicha recomendación tuvo su reflejo en el nuevo sistema aprobado en 2022 [*], con efectos desde el 1 de enero de 2023, por el que se establece que la cotización de los trabajadores acogidos a este régimen se efectuará en función de sus rendimientos netos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas, empresariales o profesionales, pudiendo descontar a dichos rendimientos un 7% en concepto de gastos, o el 3% para los autónomos societarios o administradores de sociedad.


[*] Real Decreto-ley 13/2022.

En función a dicha previsión de rendimientos netos, podrán elegir entre una base mínima y máxima en cada tramo y para cada año. Dichas bases tendrán carácter provisional, pudiendo ajustarse posteriormente en base a los rendimientos reales generados. Los tramos aprobados por la Ley de Presupuestos para el año 2023 son:

Cambios en la edad ordinaria de jubilación y en la jubilación anticipada

pensiones 2023

La edad de jubilación ordinaria sufre un incremento progresivo desde 2011[1]. Para conocer cuál será la edad de jubilación en cada año, debemos atender a dos criterios: por un lado, lo que conocemos como la edad cronológica y por otro, las cotizaciones que hayamos podido acreditar a lo largo de toda nuestra vida laboral.

Desde 2023, si has cotizado 37 años y 9 meses o más la edad de acceso a la jubilación ordinaria será de 65 años, mientras que si no alcanzas dichos años de cotización la edad de acceso a la jubilación ordinaria es de 66 años y 4 meses[2]. Este incremento llegará a su culmen en 2027, cuando la edad ordinaria de jubilación será de 67 años o bien, si contamos con 38 años y 6 meses cotizados podremos jubilarnos de manera ordinaria a los 65 años.


[1] Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

[2] Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Disposición transitoria séptima. Aplicación paulatina de la edad de jubilación y de los años de cotización.

Como resultado del incremento progresivo de la edad de jubilación ordinaria, también se incrementa la edad a partir de la cual podemos solicitar la jubilación anticipada voluntaria (hasta 24 meses previos a la edad ordinaria de jubilación) e involuntaria (48 meses previos). Este año, la anticipación voluntaria de la jubilación no podrá ser previa a los 64 años y 4 meses, salvo que, por el total de años cotizados, el acceso a la jubilación pueda ser a los 65 años, en cuyo caso la anticipación voluntaria podrá producirse con 63 años.

Del Factor de Sostenibilidad al Mecanismo de Equidad Intergeneracional

pensiones 2023

Por último, se deroga la referencia al factor de sostenibilidad y se incorpora un nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)[*]. Frente al primero de los mecanismos, que actuaba sobre las prestaciones a recibir, el nuevo MEI actúa sobre las cotizaciones actuales, generando aún más carga en los cotizantes. A partir de 2023, y a lo largo de un periodo de diez años, se fijará una cotización adicional cuyo fin es incrementar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social. La cotización será de 0,6 puntos porcentuales, 0,1% a cargo del trabajador y lo restante a cargo de la empresa.


[*] Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.

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