Noti- Economia: Paro para autónomos: requisitos

El paro para autónomos, conocido oficialmente como prestación por cese de actividad, es una ayuda económica destinada a los trabajadores por cuenta propia que se ven obligados a cesar su actividad profesional de forma involuntaria. Esta prestación busca ofrecer un apoyo temporal mientras el autónomo se reincorpora al mercado laboral o reemprende su actividad.
¿Quién puede acceder al paro para autónomos?
Para poder solicitar el paro para autónomos, es necesario cumplir con una serie de requisitos establecidos por la legislación vigente:
- Afiliación y alta en la Seguridad Social. El autónomo debe estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en el momento del cese de actividad.
- Periodo mínimo de cotización. Es necesario haber cotizado al menos 12 meses de forma continua e inmediatamente anterior al cese de actividad.
- Situación legal de cese de actividad. El cese debe estar debidamente justificado mediante documentación acreditativa, como facturas impagadas, declaraciones fiscales o informes contables.
- Compromiso de actividad. El autónomo debe suscribir el compromiso de actividad, comprometiéndose a realizar acciones de búsqueda activa de empleo o formación.
- Estar al corriente de las cotizaciones. No debe existir deuda pendiente con la Seguridad Social. En caso de tener deudas, se dispone de un plazo de 30 días para regularizar la situación.
Causas que justifican el cese de actividad
Las causas que pueden dar lugar a una situación legal de cese de actividad incluyen:
- Pérdidas económicas. Si el autónomo ha sufrido pérdidas durante tres trimestres consecutivos.
- Fuerza mayor. Situaciones imprevistas que impiden el desarrollo de la actividad.
- Decisiones administrativas. Como la pérdida de licencia para ejercer la actividad.
¿Cómo solicitar la prestación?
La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, identificándose con certificado digital o DNI electrónico. Es importante reunir toda la documentación justificativa antes de iniciar el proceso.
Duración y cuantía de la prestación
La duración de la prestación varía en función del periodo de cotización acreditado:
- De 12 a 17 meses: 4 meses de prestación.
- De 18 a 23 meses: 6 meses de prestación.
- De 24 a 29 meses: 8 meses de prestación.
- De 30 a 35 meses: 10 meses de prestación.
- Más de 36 meses: 12 meses de prestación.
La cuantía se calcula aplicando el 70% a la base reguladora, determinada por la media de las bases de cotización de los últimos 12 meses. Existen mínimos establecidos en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).