18/05/2024

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Noti- Economia: Agencia Tributaria, ¿Cuántos años atrás puede revisar las cuentas?

En el supuesto de un autónomo o de una pyme, la Agencia Tributaria tiene potestad para revisar las liquidaciones y autoliquidaciones,  este derecho está limitado en el tiempo. ¿Cuántos años atrás puede revisara Administración Tributaria a un autónomo o pyme? Para ello hay que prestar atención a varios aspectos.

¿Cómo revisa Hacienda los datos y liquidaciones o autoliquidaciones?

Hacienda puede revisar estos datos, liquidaciones o autoliquidaciones presentadas a través de varios mecanismos. Por un lado, si solo necesita comprobar datos o valores, recurrirá a los procedimientos de verificación de datos o de comprobación de valores.

Pero si necesita revisar información aportada, puede comprobarlo de manera limitada. Con el objetivo de verificar o comprobar que la información que se ha presentado es verdadera y correcta.

Este proceso se da en tres casos diferentes:

  • Cuando hay errores en las declaraciones tributarias realizadas por el contribuyente.
  • Si hay divergencias entre los datos presentados por el obligado tributario y los que le constan a la AEAT.
  • Si el contribuyente no ha presentado una autoliquidación o declaración.

¿Cuántos años atrás puede revisar la Agencia Tributaria?

Para saber este dato hay que prestar atención al plazo de prescripción que establece la Ley General Tributaria. La cual determina que la Administración Tributaria tiene un plazo de cuatro años para realizar las siguientes acciones:

  • Determinar la deuda tributaria a través de la oportuna liquidación.
  • Exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas.
  • Imponer sanciones tributarias.

Cabe destacar que el plazo de prescripción se puede ver interrumpido y comenzar a contar de nuevo desde cero. Siempre y cuando la AEAT lleve a cabo un acto en relación con una obligación tributaria.

Es por eso que se aconseja a autónomos y pymes que guarden durante un periodo de al menos cuatro años toda la documentación relacionada con su actividad. Tanto facturas emitidas, facturas recibidas, como justificantes de gastos, etc. Esto les protegerá de cualquier revisión por parte de Hacienda.

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